Ayuntamiento de Murcia
Ha accedido al modo de previsualización de la encuesta, en el que sólo se muestra la encuesta (no está permitido cumplimentarla).



La reforma operada en materia de procedimiento administrativo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ha regulado expresamente en su art. 133, el proceso de participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, mediante procesos de consultas públicas, publicación en el portal Web a efectos de transparencia del texto y sometimiento a información pública y audiencia a los ciudadanos afectados y para recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Por este motivo, el Ayuntamiento de Murcia ha puesto a disposición de los ciudadanos el sitio Web participaentransparecia.es, como canal de comunicación, disponiendo de un buzón de correo electrónico (participacion@ayto-murcia.es), de la Web tu.murcia.es y de la App "Tu Murcia" para que los ciudadanos puedan expresar sus opiniones en aquellos reglamentos y ordenanzas que por su materia sean objeto de consulta en los términos previstos en la legislación. Esta consulta pública pretende conocer las opiniones acerca de: a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa. b) La necesidad y oportunidad de su aprobación. c) Los objetivos de la norma. d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. Se pondrá a disposición para su conocimiento y opinión los borradores de los textos normativos así como aquellos documentos que fueren necesarios, que serán claros y concisos, de tal forma que se pueda consultar toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia. En cada texto sujeto a consulta, se indicará la fecha límite de presentación de opiniones y alegaciones, que preferiblemente deberán trasladarse por alguna de las opciones previstas. Con independencia de lo anterior, el expediente se podrá consultar en el departamento o servicio municipal promotor. Por último, este proceso no excluye el habilitado en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, conocido como exposición pública para presentación de alegaciones y sugerencias posterior a la aprobación inicial por el Pleno Municipal.







Ha accedido al modo de previsualización de la encuesta, en el que sólo se muestra la encuesta (no está permitido cumplimentarla).